ENTERATE DE TODAS LAS NOTICIAS MINERAS

Te contamos todo lo que tienes que saber sobre la mineria en argentina

ENTERATE DE TODAS LAS NOTICIAS MINERAS

Te contamos todo lo que tienes que saber sobre la mineria en argentina

LA CORTE SUPREMA CONFIRMA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA ORDENANZA ANTIMINERA EN CATAMARCA.

Información adicional

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) confirmó de manera definitiva que la ordenanza municipal que prohibía la actividad minera en Andalgalá, provincia de Catamarca, es contraria a la Constitución. El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por el municipio y por un grupo de vecinos que buscaban revertir la decisión de la justicia provincial.

El conflicto judicial se inició en 2016, cuando el Concejo Deliberante de Andalgalá aprobó la ordenanza N° 029/16, la cual establecía la prohibición de la minería a cielo abierto y del uso de sustancias químicas en la cuenca del río Andalgalá, impulsada por sectores ambientalistas. Tras una serie de apelaciones, la Corte de Justicia de Catamarca determinó que la normativa municipal excedía las competencias del municipio, ya que la legislación sobre recursos naturales y actividad minera corresponde a jurisdicciones provinciales y nacionales.

Con el rechazo de los recursos de queja por parte de la Corte Suprema, la sentencia que declara inconstitucional la ordenanza quedó firme. Mediante este fallo, el máximo tribunal reafirmó que las provincias poseen el dominio originario de sus recursos naturales y que las regulaciones municipales no pueden contradecir marcos legales superiores que rigen la actividad minera.

El pronunciamiento judicial representa un respaldo jurídico importante para el proyecto minero Agua Rica, integrado al complejo MARA (Minera Agua Rica – Alumbrera). Desde el sector productivo destacaron que la resolución otorga la seguridad jurídica necesaria para continuar con las inversiones y el desarrollo de la actividad en la región.

En contraste, las organizaciones sociales que se oponían a la minería expresaron su desacuerdo con la decisión. Sin embargo, desde el punto de vista legal, ya no existen instancias de apelación disponibles para restablecer la vigencia de la prohibición establecida por la ordenanza municipal.

Secciones

Inicio

Quienes Somos

Noticias

Login

Registro

Contacto

Redes

Contacto